Deducciones I+D o iT

Desde CAAR informamos de los beneficios fiscales a los que pueden acogerse las empresas mediante la deducción sobre la cuota del Impuesto sobre Sociedades, tanto por los gastos incurridos en actividades de investigación y desarrollo (I+D) como de innovación tecnológica (IT).
Los porcentajes de deducción aplicables varían en función de la catalogación de la actividad innovadora desarrollada por la empresa:
• Para actividades de I+D: 25% con carácter general, pudiendo ser del 42% para los gastos superiores a la media de los efectuados en los dos años anteriores.
• Para actividades de IT: 12%.
Os dejamos el LINK del Ministerio de Ciencia e Innovación en el que se informa de estos interesantes incentivos.
Enlace presentación CAAR – AROSA
Por favor todas las empresas interesadas en valorar las inversiones de I+D o iT poneros en contacto con arlen.dicovskiy@caaragon.com.